DECLARA PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público, contra la decisión (auto) de fecha 24 de mayo del año 2.006 dictado por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal. En consecuencia REVOCA la aludida decisión. SEGUNDO: Confirma la decisión de fecha 30-12-04, en la cual se decreta MEDIDA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, en consecuencia ordena la aprehensión de los acusados: LORENZO ABELARDO ALVAREZ, Venezolano, C. I. Nº V- 8.192.776, residenciado barrio Rómulo Gallego calle principal casa S/N San Fernando de Apure: DAMASO ALIRAN CASTILLO, Venezolano, C.I .Nº V-12.582.424, residenciado en el Barrio El Zoológico casa S/N color verde pino con la columna rosadas San Juan de Payara Estado Apure,: CASTOR ALEXIS BOLIVAR SUAREZ, Venezolano, C.I.Nº V- 11.243.826, residenciado vía carretera Biruaca San Juan de Payara sector Las Trincheras casa de bloque crudo sin friso sexta casa a la derecha, .....