En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Sin lugar la pretensión interpuesta el 31-10-2014 por el ciudadano Abg. Juan Pernia Campos, en su carácter de Defensor Privado, contra la decisión dictada el 27-3-2014, y publicada en fecha 8-10-2014, por la Jueza 2ª de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Sara Betancourt, mediante la cual Condenó al ciudadano Richardson Enrique García Martínez, a cumplir la pena de 11 años de prisión, como responsable en la comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 numerales, 1, 2, y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo .....