UNICO: Declara inadmisible de conformidad a lo establecido en la parte in fine del artículo 104 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, la pretensión planteada el 28-3-2012 por la Abg. MILANYELA HERNÁNDEZ, Fiscal Octavo del Ministerio Público, contra la decisión dictada el 121-3-2012 por la Juez 2ª Segunda de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. MILELA FREITEZ, mediante la cual admitió parcialmente la acusación interpuesta por el Ministerio Público y produjo Auto de Apertura a Juicio.