PRIMERO: Con sustento en el numeral 2 del artículo 444 Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se admite la pretensión interpuesta el 20-1-2017 por los Abgs. MARITZA CAROLINA SILVA, CARLOS ALBERTO GALINDO HERRERA y KENNY JEANCARLOS HURTADO CARRASQUEL, Defensores de JOSÉ LUÍS AMAYA PADILLA, contra la decisión dictada el 25-10-2016, publicado su texto íntegro el 16-1-2017, por el Juez 1° del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. MIGUEL PADILLA BAZÓ, mediante la cual condenó al ciudadano JOSÉ LUÍS AMAYA PADILLA, como responsable de la comisión del delito de abuso sexual a niña, previsto en el primer y segundo aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Se acuerda fijar para el día 31-10-2017 a las 3:20 p.m., la celebración de la audiencia oral a la cual se refiere .....