En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Sin lugar la pretensión interpuesta el 17-09-2021, por el Abogado Dayan González Jiménez, en su condición de Defensor Privado, contra la decisión dictada y publicada el 10-9-2021, por el Juez 1º de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. Carlos Alberto Jaimes Gómez, mediante la cual acordó Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano Jesús Nemías Bolívar, por la comisión de los delitos de Peculado Doloso Propio, previsto en el artículo 54 de la Ley Contra la Corrupción, y Tráfico Ilícito de Material Estratégico, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgán.....