CUARTO: Se declara sin lugar la solicitud de Medida Cautelar de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, solicitada por la representante del Ministerio Publico en contra del imputado ALVAREZ ELIO RAFAEL, fundamentada en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que este Tribunal, revisadas las actuaciones que conforman el legajo contentivo de la causa, se observa, que el imputado no ha sido contumaz a la convocatoria que le fuera librada, para su comparecencia a la realización de la Audiencia Preliminar, la cual se llevo a efecto en esta misma fecha, por lo que considera quien aquí decide, que no se encuentran llenos los extremos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en su ordinal 3º, el cual determina la presunción razonable de peligro de fuga, requerimientos legales y necesarios para dictar una Medida Cautelar de Privación de Libertad, contenido en el articulo 243 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece que la Medida de P.....