Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se declara con lugar la aprehensión en flagrancia del ciudadano CARLOS LUIS CASADIEGO ORTIZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.671.017, nacido el 28/01/69, edad: 41 años, de profesión u oficio: Jefe de Operaciones de la Empresa IRSICA, residenciado en la Avenida Bolívar, casa Nº -5-18, San Carlos Estado Cojedes, hijo de Maria Edermina Ortiz de Casariego (M) y Cruz Ramón, en virtud de que llenan los requisitos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el artículo 44 ordinal numero 1 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide.
SEGUNDO: Este Tribunal acoge la precalificación establecida por la representante del Ministerio Público, vis.....