DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, por prescripción de la acción penal de la causa signada con el N° 1C-9.579-07, seguida en contra del ciudadano: JUAN IGNACIO FERNANDEZ FLORES, por la presunta comisión del delito: CONTRA EL ORDEN PÚBLICO, específicamente el delito Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal venezolano vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio de: EL ESTADO VENEZOLANO, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, 108 y 110 del Código Penal, de igual manera se deja sin efecto cualquier medida que pese en la presente causa al prenombrado ciudadano. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese l.....