DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo, la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal y acuerda se prosiga la presente investigación por el Procedimiento Ordinario.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de la defensa y en consecuencia se decreta la NULIDAD DE LA APREHESION de los ciudadanos JAVIER ALEXIS RODRIGUEZ PINO, Titular de la Cedula de Identidad Numero V-21.316.290 y JHON ALI GALLARDO MORALES, Titular de la Cedula de Identidad Numero V-15.401.716, de conformidad con lo establecido en los.....