DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas el Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Que tomando en consideración que efectivamente nos encontramos en presencias de acciones presuntamente delictivas que versan sobre diputas de bienes destinados a la actividad agraria o que pudieran presumirse de vocación agrícola, y en aplicación de la sentencia de fecha 08-12-2011, signada con el numero 1881, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, y de carácter vinculante, decreta el Sobreseimiento del presente asunto, conforme a lo establecido en el articulo 318.2 del Código Orgánico Procesal Penal, y en su lugar se acuerda la remisión del presente asunto a la Jurisdicción Agraria......