D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
UNICO: Se decreta la NULIDAD DEL ACTO DE APREHENSION, ordenando en consecuencia la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, de los ciudadanos: JULIO CESAR COELLO CUELLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.975.915, de 36 años de edad, nacido el 24/12776, ocupación ganadero, hijo de Maritza Gregoria Coello y Ronald Antonio Coello (v), residenciado en el caserío Santa Rosa, cerca del Poblado Santa Lucia y la Escuela Santa Rosa, jurisdicción del Municipio Achaguas, Estado Apure; CARLOS JOSE JUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.901.986, de 40 años de edad, nacido el 04/01/1971, de ocupación agricultor, hijo de Ana Virgilia Juárez (v) y Alfredo Rivas (f), residenciado en el vecindario Los Albores, vía Achaguas, cerca .....