PRIMERO: Se fija la Audiencia Preliminar para el día 10-01-2011, a las 03:20 horas de la tarde, conforme a lo establecido en el articulo 327 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda Mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra del ciudadano LUIS ENRIQUE MENDOZA ZAPATA, titular de la cedula de identidad N° 20.092.570, en fecha 29-10-2010, conforme a lo establecido en el articulo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, y sentencia N° 128, de fecha 19-02-2009, expediente 08-1095, con ponencia de la Magistrado Carmen Zuleta de Merchan, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Notifíquese a las partes. Cúmplase. Dada sellada y firmada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en San Fernando, a los catorce (14) días del mes de Diciembre del 2010. Año 200° de la Independencia y 151° de la Federación.