Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se mantiene la medida cautelar sustitutiva de privación de libertad acordada en fecha 11-02-2008, a favor del imputado YOLMER DE JESUS BERMUDEZ LOPEZ, dentro de las cuales se ordenó presentaciones cada 15 días ante el área de alguacilazgo, las cuales debe seguir cumpliendo.
SEGUNDO: Se acuerda la libertad a favor del ciudadano imputado YOLMER DE JESUS BERMUDEZ LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.253.549, natural del Municipio de Perijá estado Zulia, fecha de nacimiento 20-10-1982, hijo de Deisa Bermudez y padre desconocido, de profesión u oficio Boxeador, residenciado en el Barrio La Morenera, Sector Los Mangos, Calle el Guasimo, Casa s/n, detrás del CDI, San Fernando de Apure.
TERCERO: Se fija la celebración de la audienc.....