DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO por auto separado de la causa signada con el N° 1C-8011-06, seguida en contra el imputado: YOBER RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal N° S/N, soltero, residenciado, sin domicilio; por la comisión del delito CONTRA LAS PERSONAS, previsto en el Artículo 283 y 300 del Código Orgánico Procesal Penal, en perjuicio de TEOFILO SALOME BLANCO RODRIGUEZ, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR.