DISPOSITIVA
PRIMERO: La aprehensión en flagrancia conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones del artículo 373 ejusdem, este tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal de que se prosiga la presente investigación por el procedimiento ordinario.
SEGUNDO:. Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de Libertad, al ciudadano, FILIBERTO JOSE DANIEL LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad 15.047.371 nacido el 14-07-1979, obrero, residenciado en el Barrio bucare el final calle principal, al lado de la iglesia evangelio columna de la verdad, hijo de Alexia Margarita León de Daniel y Diógenes Antonio Daniel Hernández, conforme a lo establecido en el artículo 256 ordinal 3 y 6° del Código Orgánico Procesal Pe.....