DECISIÓN.
Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda:
UNICO: SIN LUGAR, la solicitud de Medidas Cautelares Sustitutiva de Privación de Libertad, requerida por el Defensor Público ABG. SIMON RODRIGUEZ, en dos oportunidades (12-4-2015 y 15-4-2015) a favor de los ciudadanos LUDERT GUERRERO JULIO CESAR, titular de la cedula de identidad Nº 12.476.536 y OROZCO ZAPATA MILAGROS DEL CARMEN, titular de la cedula de identidad Nº 13.650.362, relacionados con el asunto penal 1C-20136-15, seguida por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Control de Armas y Municiones.
Dada firmada y sellada en la sa.....