D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Admitir el escrito de querella presentada por ROSA AZUCENA GIL, titular de la cédula de identidad Nº 13.639.503, asistida por el ciudadano ABG. HENRRY CAMPOS, en contra del ciudadano JOSE LUIS GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.529.189 por los delitos de HOMICIDIO CULPOSO y LESIONES GRAVES CULPOSAS, previstas y sancionadas en el artículo 409 y 420 numeral 2º del Código Penal, en perjuicio de MARIA MERCEDES GIL (Occisa), y GRECIA NAYREE MEDINA (Lesionada), por cuanto se encuentra llenos los extremos exigidos por los artículos 275 y 276 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Tener como parte Querellante en la presente causa a la ciudadana RO.....