Acto seguido la ciudadana Fiscal solicita el derecho de palabra y expone: ¿Una vez efectuada la revisión de la causa se constató que en la presente causa aun no se ha presentado acto conclusivo, razón por la cual solicito sea remitida la presente causa a la Fiscalía Primera a los fines de remitirla a la Fiscalía competente, que en este caso sería la Fiscalía Décima Primera en materia Ambiental, es todo¿. En este estado, la ciudadana Juez expone: ¿Vista la solicitud Fiscal este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure así lo acuerda por ser procedente y ajustada a derecho, en consecuencia remítase la presente causa a la Fiscalía Primera del Ministerio Público¿. Terminó. Se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE CONTROL N ° 1
DRA. NORKA MIRABAL RANGEL