Se Decreta Medida Cautelar sustitutiva de Libertad en contra de los imputados LUIS ANGEL PEREZ, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 24.146.092, JOSE RAFAEL PEÑA TORREALBA, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 25.775.250 y ALEJANDRA JOSE SOSA VILLARROEL, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 25.288.455, de acuerdo a los establecido en el articulo 242 ordinales 3° y 6º del Código Orgánico Procesal Penal, quedando bajo las siguientes condiciones: 1.- Presentaciones Periódicas por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada 08 días y 2.- Prohibición de acercarse a la víctima ni a sus Familiares. Como consecuencia de ello se declara SIN LUGAR, la solicitud de medida de privación judicial preventiva de libertad requerida por el Ministerio Público. Cúmplase.