se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO de la presente causa conforme al artículo 313 ejusdem, causa seguida al ciudadano YEMMI ELIOMAR RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.547.909, natural de Puerto Infante Estado Apure, nacido 03-08-1979, de 33 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Comisario de Puerto Infante, residenciado actualmente en el sector la Planta, casa s/n, Parroquia Elorza Municipio Rómulo Gallegos estado Apure, teléfono 0426-7734859, hijo de Maria Tomasa Rodríguez (v) y Lelis Antonio Guerrero (v), por considerarlo presuntamente autor y responsable de la comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la LEY ORGANICA DE DROGAS, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal Venezolano Vigente, e INDUCCUON A LA CORRUPCION, de conformidad con lo previsto en el artí.....