Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en San Fernando, con fundamento en lo establecido en el artículo 493, parte in fine del Código Orgánico Procesal Penal y ejecutada la presente sentencia, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se Ejecuta la Sentencia al penado: MARCHIONDA SOSA JAKSON SALVADOR, titular de la cédula de identidad Nº 10.985.375, nacido el 31-08-1970, natural del Baúl, de 37 años de edad, residenciado en la calle Bolívar, casa 15-91, frente de la Bodega de nombre Rosmary, El Baúl, Estado Cojedes. Hijo de Enio Marchionda (f) y Maria Lucrecia Marchionda (v), quien se encuentra condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano.
SEGUNDO: Se difiere la Ejecución de l.....