DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: ACUMULAR la causa 1E-2626-12, por la cual fue sentenciado el penado JOSE GREGORIO QUINTANA TORRES, Indocumentado; a cumplir la pena de Nueve (09) Meses y Diez (10) Días de Prisión, por el delito de Acoso u Hostigamiento, previsto y sancionado en el articulo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia vigente para la época de los hechos; a la causa 1E-2175-10, en la cual fue condenado y en virtud de Acumulación de fecha 15 de Mayo del año en curso; quedo la pena en definitiva en efecto a Doce (12) Años, Dos (02) Meses y Veinte (20) Días de Prisión, por la comisión de los delitos de Robo Agravado y Hurto Calificado, previstos y sancionados en los artículos 453 ordinal 3º Y 458 ambos del Código Penal venezolano, quedando d.....