DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a favor del penado: JERONIMO RAFAEL ESPINOZA LOGIODICE, titular de la cédula de identidad Nº V-20.230.058, venezolano, fecha de Nacimiento: 23-06-1991, mayor de edad, residenciado en la urbanización Luis Herrera, calle principal, vereda 2, casa Nº 18, San Fernando, quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el articulo 473 en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal; por lo que dicho penado tendrá que presentarse por ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 06 de esta Ciudad, por.....