DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
UNICO: LA EXTINCION DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO, que le fuera impuesta al penado: EDWIN ARTURO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.358.866, residenciado en el Barrio José Félix Rivas, Calle Principal, cruce Carrera 7, casa S/N, San Fernando de Apure, Estado Apure; de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el articulo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al ciudadano Fiscal Séptimo del Ministerio Público, y a la Defensa. Firme el presente pronunciamiento remítase al Archivo Judicial. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÒN.
ABG. YULI BALI ARVELO.