PRIMERO: CULPABLE, al ciudadano: VICTOR RAFAEL ZAPATA DELIAS, titular de la Cedula de Identidad personal Nº 8.164.909, de nacionalidad venezolano, de 49 años de edad, nacido en fecha 28/01/63, residenciado en la Urbanización Michelena, Calle Uno, Casa N° 100, Valencia, Estado Carabobo, en virtud de la admisión de los hechos; de la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el Artículo 274 del Código Penal Venezolano; como materializados en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. En consecuencia, se condena al ciudadana: VICTOR RAFAEL ZAPATA DELIAS, ya identificado, a cumplir la PENA DE TRES (03) AÑOS DE PRISION en el establecimiento que a tal efecto designe el correspondiente Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, firme como quede la presente Sentencia.
SEGUNDO: Se condena igualmente al Ciudadano VICTOR RAFAEL ZAPATA DELIAS, ya identificado, a cumplir las penas accesorias de Ley, prevista en el Artículo 16 del Código Penal, numeral 1°, en rel.....