PRIMERO: CULPABLE, al ciudadano: OSCAR EDUARDO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, natural de Achaguas, nacido el 8-3-1979, titular de la Cedula de Identificación personal Nº 14.947.841, soltero, ocupación u oficio obrero, residenciado en el en el Barrio Siglo 21, calle Matiyure, casa S/N, frente a Mercal en la Población de Achaguas del Estado Apure, de la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 ORDINAL 3º del Código Penal; como materializado en perjuicio de IVAN JOSE MESA CAMEJO. En consecuencia, se condena al ciudadano: OSCAR EDUARDO HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 14.947.841, ya identificado, a cumplir la PENA DE DOS (2) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley previstas en el Artículo 16 del Código Penal, numeral 1° en relación a la inhabilitación política por el tiempo que dure la condena, en el establecimiento y en las condiciones que a tal efecto designe el correspondiente Juez de Ejecución de Penas y.....