DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: SIN LUGAR la solicitud formulada por la Defensora Publica Dra. Gladys Mireya Martínez, titular de la cedula de identidad personal Nº 3.768.542 e inscrita en el Inpre Abogado bajo el Nº 34.300; actuando en su condición de Defensora del ciudadano: CARLOS ARMANDO MARTINEZ, titular de la Cedula de Identidad Personal Nº 19.152.884; acusado por la presunta comisión de los delitos de Cooperador Inmediato en el delito de Robo Agravado y Resistencia a la Autoridad previstos y sancionados en los Arts. 458 en concordancia con el Art. 83, ambos del Código penal, y 218 ejusdem; mediante la cual pidió la Revisión y Sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que le fuera impuesta en fecha: 14-03-08, por el Tribunal Segundo de Control.....