DISPOSITIVA
Con base en los elementos de hecho y derecho anteriormente examinados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito judicial Penal del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 1, 12, 17 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, decide:
1.- Se le concede la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad al acusado ASDRUBAL VENTURA BELISARIO
2.- Se le impone de las siguientes Medidas Cautelares:
a) Caución real fijada en ochenta (80) Unidades Tributarias, equivalentes a dos millones trescientos cincuenta y dos mil bolívares (bs. 2.352.000,oo), que deben consignar en cheque de gerencia ante el tribunal.
b) Prohibición de salida de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
c) Presentación periódica cada ocho (8) días ante el tribunal que lo procesa.
Asi.....