Este Tribunal de Primera instancia en funciones de control Del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Desestimar el procedimiento policial que da inicio a la presente investigación y en consecuencia la precalificación jurídica dada por el fiscal del Ministerio Publico conforme al articulo 301 y 283 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: Se ordena la libertad plena de los adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, plenamente identificado. Así se decide. Remítase el expediente al archivo una vez transcurrido el lapso de apelación. Líbrese lo conducente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,
Nayr Hidalgo de Taquiva