DISPOSITIVA
Por todos los hechos anteriormente narrados y analizados, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: UNICO: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa penal signada con el Nº 1CA-1638-09, a favor de la adolescente iuris: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2 DE LA LEY ORGANICA PRA LA PROTECICION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES; por la presunta comisión del delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto en el artículo 413 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio de ROMERO IZQUIEL MARÌA IDILUBINA, venezolana, de veintisiete (27) años de edad para la fecha de los hechos, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.343.692; residenciada en el Sector II, casa s/n, cerca de la carnicería Elimar de Santa Ru.....