"Oída la exposición de las partes, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, se pronuncia de siguiente manera: Por cuanto de las actuaciones se evidencia que se ordenó captura al adolescente de autos por cuanto no compareció a la audiencia preliminar, negándose a firmar la respectiva boleta de notificación en su oportunidad, razón por la cual este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente ACUERDA: PRIMERO: Imponer al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, conforme al artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, la medida de detención preventiva de libertad a los fines de garantizar su comparecencia a la audiencia preliminar, debiendo cumplir la m.....