REVISA CON CARÁCTER PROVISORIO la Obligación Alimentaria fijada según expediente Nº 11.923 a la suma de DOSCIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 240.000,oo) mensuales, que el ciudadano OSCAR ENRIQUE BRIGGS MONSALVE, venezolano, mayor de edad, Jubilado por la Secretaría de Educación del Ejecutivo Regional del Estado Apure, titular de la Cédula de Identidad N° 5.360.357, debe cumplir a favor de sus hijos antes mencionados a partir del presente mes de Diciembre y año en curso, con retención de sueldo por la cantidad fijada, mas aporte extra a partir del mes de Septiembre del año 2.007 por la suma de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo) por concepto de Bono Escolar, y la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,oo) de la Bonificación de Fin de año, a partir del año 2.007, para cubrir parte de los gastos ocasionados por los HNOS. que nos ocupan; sumas estas que deberán ser retenidas por el organismo empleador del obligado y depositadas directamente en la cuenta de ahorros Nº 000.....