Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE AL SOLICITANTE CIUDADANO JOSÉ LUÍS RODRÍGUEZ RONDÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.591.028, domiciliado en la Urbanización 9 de Diciembre, sector III, casa s/n, Avenida Caracas, frente a la Ferretería Apure, Municipio San Fernando del Estado Apure, en su carácter de parte demandante y Tutor Definitivo del entredicho VÍCTOR MANUEL RODRÍGUEZ RONDÓN, venezolano, de 42 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-19.471.237, domiciliado en la Urbanización 9 de Diciembre, sector III, casa s/n, Avenida Caracas, frente a la Ferretería Apure, Municipio San Fernando del Estado Apure, para tomar las medidas destinadas a proteger el interés d.....