Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal por cuanto no es contrario a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. Declara Convertido en Divorcio la Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges Julio Jonas Brito Méndez y Nancy Josefina Laya, plenamente identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre los cónyuges antes mencionados, el día Dieciséis (16) del mes de Junio del año Dos Mil Tres (2.003), por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Guachara, Municipio Autónomo Achaguas del Estado Apure, según acta de matrimonio acompañada Nº 06, y así se decide.-
Liquídese la Comunidad Conyugal si hubiere lugar a ello.
Publíquese Regístrese y cupiese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Dieciséis (16) días del Mes de Septiemb.....