de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos: JOSE GREGORIO HIDALGO GONZALEZ, MIRLA DEL CARMEN, BERNIS JOSE, YLDER ISMELDA, JOSE DAMIAN, MILSA BEATRIZ, CRUZ HERMELINDA, FRANCIS ENILDA, JOSE GREGORIO, ISLELLI VICTORIA y DAMELIS BENILDE HIDALGO GONZALEZ, ampliamente identificados en los autos, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus RAFAEL BARTOLO HIDALGO, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a los solicitantes.
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. SANDRA NORIEGA DE RIVERO.-
LA SECRETARIA,
ABOG. GRACIELA TORREALBA.-
En esta misma fecha siendo las 2:10.p.m., se registró y publicó la anterior decisió.....