En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, incoada por el ciudadano: ANGEL ANTONIO PIÑUELA ZUÑIGA, venezolano, mayor de edad, titular de la adula de Identidad N° 11.762.515, debidamente representado por el Abogado: MARIA DEL VALLE CASTILLO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No.- 270.306, de este domicilio, en contra de la ciudadana: MARIA ELISA NIEVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 19.508.815.
SEGUNDO: PROCEDENTE LA ACCIÓN DE DIVORCIO FUNDAMENTADA EN LA CAUSAL 2° DEL ARTÍCULO 185 DEL CODIGO CIVIL, relacionada con el ABANDONO voluntario. En consecuencia SE DECLARA DISUELTO, el vinculo matrimonial contraído por ellos en fecha 12 de Agosto de 1988, contrajo matrimonio Civil ante el Registro Ci.....