DECISIÓN EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA.
Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos RUBEN JOSÉ PARDO MEJIAS y YINIS EULISES BOLAÑO DE PARDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.221.096 y 5.361.605, respectivamente, el cual contrajeron por ante el Juzgado del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, el día fecha 01 de Agosto de 1.974, según copia certificada del Acta Nro. 04.-
Liquídese la Comunidad Conyugal.
Publíquese, registrase y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los seis (06) días del mes de Abril del año Dos Mil Nueve.- AÑOS: 198º de la Independencia y 150º de la Federación.
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