DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, fundamentada en el Artículo 185 del Código Civil, CAUSAL SEGUNDA, instaurado por la ciudadana YURBIS MARGARITA GARCIA SUAREZ contra el ciudadaGno JOSE MANUEL RODRIGUEZ, las partes ya identificadas.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos YURBIS MARGARITA GARCIA SUAREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 10.622.672 y JOSE MANUEL RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.197.782. Contraído en fecha 27 de Marzo de 1987, ante Prefectura del Municipio Biruaca, hoy Registro Civil del Municipio Biruaca del Estado Apure, bajo el No.26.
Publíquese, Regístrese y d.....