Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la demanda por Divorcio Ordinario, fundamentada en el abandono voluntario, interpuesta por el ciudadano JOSE MARIA COLMENARES, anteriormente identificado, y asistido de abogados.
Dada, firmada y sellada, en la sala del despacho de este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Siete (07) días del mes de Abril de 2.014, siendo las 10:00a.m., Años: 203º de la Independencia y 155ºº de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el copiador de Sentencias.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABOG. FRANCISCO JAVIER REYES PIÑATE
LA SECRETARIA,
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