Remítase el presente expediente en original al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a lo fines de que siga conociendo de la presente causa y copia certificada de la presente actuaciones procesales al Juez de Superior en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Menores de esta Circunscripción Judicial, para que conozca y decida sobre la inhibición planteada. Para la elaboración de las copias se autoriza al ciudadano, JULIO MONTILLA, titular de la cedula de identidad Nº 20.092.553, Alguacil temporal, de este Tribunal encargado de hacerlo, quien firmara conjuntamente con la Secretaria de este Despacho. Líbrese oficio.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABOG. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
EXP N°1221.
LMSP.