CAPITULO III
DISPOSITIVA
Con fundamento a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civíl, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la presente acción de cobro de bolívares, propuesta por vía ordinaria, y en consecuencia condena:
PRIMERO: A la persona jurídica de derecho público Municipio Autónomo San Fernando del Estado Apure, a través de su órgano representativo en la esfera administrativa, Alcaldía del Municipio San Fernando del Estado Apure; a cancelar al ciudadano ATEF KOMEIR, identificado ut supra, la cantidad de DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO SETENTA BOLIVARES (Bs.16.834.170,00), más la respectiva indexación de tal cantidad, la cual será determinada mediante experticia complementa.....