Por las consideraciones ante expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en el Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la ACCION MERO DECLARATIVA de Reconocimiento de Unión Concubinaria, incoada por el ciudadano RAFAEL JOSE RANGEL ARAQUE, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad No.- 6.608.129, en contra de los Ciudadanos RAFAEL JOSE RANGEL VARGAS, C.I. V- 16.512.684 y JULIA NAZARET RANGEL VARGAS C.I.V.- 19.940.157, Venezolanos, Mayores de Edad, domiciliados en la Urbanización terrazas del Lago, ubicado en el sector Cañada Honda, No.- A-16 terraza A, de la ciudad de Maracaibo, del Estado Zulia, jurisdicción de la Parroquia Cecilio Acosta, ya identificados.
SEGUNDO: No se condena en costa a la parte demandante.
TERCERO: No se ordena la notificación de las partes de conformi.....