En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su HOMOLOGACIÓN JUDICIAL AL CONVENIMIENTO JUDICIAL, efectuado en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION instaurado por el ciudadano: JOSE CRISTEL CHAPARRO, en su carácter de Gerente General de la Firma Mercantil Refrigeración REFRECA, C.A., contra el ciudadano JULIO CESAR BRUZUAL, en la forma y termino descrito por el demandado conforme a la diligencia corriente a los folios 75 y 76 del Cuaderno de Medidas correspondiente al Expediente N°.6.045, para que surta su efecto de Sentencia Pasada con autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Se levanta la Medida de Embargo Preventivo decretada por este Tribunal en fecha 14-05-09.
Publíquese, regístre.....