Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: 1°) CON LUGAR la presente demanda, de DESALOJO DE INMUEBLE, intentada por la ciudadana FRANCELINA DE MOGOLLON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 1.385.865, de este domicilio, asistido por el Abogado DIMAS A SUAREZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 54.616, contra la Firma Mercantil “CENTRO CLINICO LOS LLANOS C.A.”, en la personal de la ciudadana MARIA BELKIS DACCACH DE RODRIGUEZ. 2º) Que la Firma Mercantil “CENTRO CLINICO LOS LLANOS C.A.”, representada por de la ciudadana MARIA BELKIS DACCACH DE RODRIGUEZ, anteriormente identificada deberá entregar a la ciudadana FRANCELINA DE MOGOLLON, el inmueble ubicado en la Calle 24 de Julio y Calle Muñoz de esta ciudad de San Fernando.....