Finalmente, esta juzgadora considera: Que de acuerdo a las actuaciones realizadas y de las copias de las Cédulas de Identidad, Acta de Defunción y Acta de Nacimiento acompañas a las solicitud, sólo aparece como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De cujus: JAIME ASDRUBAL PIÑA LOZADA., su madre, ciudadana: EMMA EUGENIA LOZADA DE PIÑA, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA: Bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de la ciudadana: EMMA EUGENIA LOZADA DE PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°. V- 1.836.252, madre del De cujus, en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus JAIME ASDRUBAL PIÑA LOZADA, dejando a salvo en.....