Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1°) CON LUGAR la Demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentó el ciudadano FELIX VALOIS MALDONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 3.620.064, debidamente asistido por el Abogado ELISEO DE JESUS CUERVO HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 50.503, contra la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, en la persona de sus representantes. 2°) Se Condena a la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, quien deberá cancelarle al demandante ciudadano FELIX VALOIS MALDONADO, ya identificado, las Prestaciones Sociales correspondientes a UN (1) AÑO, UN (1) MES y SEIS (6) DIAS, con un sueldo de TRESCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 340.000,00), por una relación laboral que se inició en fecha 20 de Agosto de 1.999, y .....