Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1°) SIN LUGAR la Demanda de PRESTACIONES SOCIALES que intentó el Abogado WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 34.179, y de este domicilio, en su condición de Apoderado Judicial de la ciudadana LUBIA YUBIRIS MONTES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 9.869.507, y de este domicilio, contra el ESTADO APURE, en la persona de su Representante legal la Procuradora General del Estado Apure, debidamente representado por los Abogados ARIMIR JIMENEZ, PETRA FLORINDA CEDEÑO, MAYRA ALEJANDRA RODRIGUEZ, ALBERTO LUIS BOLIVAR y MARIA ELENA MALDONADO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s. 59.058, 95.781, 93.960, 40.222 y 93.886 respectivamente. 2°) No hay condenatori.....