este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías existentes en un lote de terreno patrimonio de Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), constante de MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CERO CENTÍMETROS (1.285,00 m2), (44,80 mts. de frente por 28,70 mts. de fondo), ubicado en el sector Las Minas II, Parroquia El Recreo, en jurisdicción del Municipio San Fernando de Apure, Estado Apure, las cuales ha construido con dinero de su propio peculio, a sus solas y únicas expensas, y se encuentran discriminadas así: Una (01) casa propia para habitación familiar, hecha con paredes de bloques, piso de cemento, techo de Acerolit, ventanas y puertas de hierro y la siguiente distribución: tres (0.....