Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA:
1°) CON LUGAR la presente demanda de DESALOJO DE INMUEBLE, intentada por la ciudadana MIRLA SISO FEBRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°. V- 7.255.326, asistida por la Abogada TRINA Y. CARABALLO B, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 37.455, con domicilio procesal en la Calle Comercio, N°. 87- B, frente al Palacio de Justicia de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, contra el ciudadano OLIVO ADOLFO GUILLEN MANRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 13.577.001, domiciliado en la Urbanización La Trinidad, Calle Río de Janeiro N°. 110, de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, y se condena:
PRIMERO: A entregar a la ciudadana MIRLA SISO FEBRES, .....