Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre las bienhechurías construidas sobre una superficie de terreno propiedad del Solicitante, según consta de documento debidamente registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 04 de Diciembre de 1.987, bajo el N°. 89, Folio 174 al 176, del Protocolo Primero, Tomo Tercero, cuarto trimestre del año 1987, presentado en original para su vista y devolución; constante de UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA METROS (1.430 M2), ubicado en la avenida "MARIA NIEVES", sin número cívico, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con cas.....